Tirarse un peo frente a un policía será considerado "atentado a funcionario público", delito penado con hasta 8 años de cárcel
Por
Yannay Estrada
De acuerdo
con el nuevo código penal impuesto por el régimen de los Castro, la expulsión o
el escape de "pedos, ventosidades y flatulencias, según lo establecido por
la ley, queda sometido a regulaciones en situaciones determinadas y precisas, y
como tal derivará en contravenciones".
El nuevo código penal, al cual nuestra redacción tuvo acceso, estipula en su
artículo 168, que tirarse un peo "en presencia de un funcionario público,
del orden interior, o de la administración central, será considerado como un
delito", y precisa que hacerlo en presencia de un agente de la policía, será
considerado como "atentado a funcionario público", un delito que de acuerdo
con el nuevo código penal, es penado con hasta 8 años de cárcel.
Hay que
señalar que el artículo 168 en su inciso c), también sanciona como violencia
doméstica, en el caso de los hombres, la emisión de "pedos, ventosidades y
flatulencias, delante de la esposa", sin importar si se hizo con la intención
de agredirla o no, pero con la condición de que sea de manera continuada; y
asimismo el texto sanciona como violencia de género, que los peos "sean
intencional contra una mujer por parte de un hombre por machismo o misoginia".
De acuerdo
con estimaciones preliminares de algunos expertos, se prevé, que solo en el
primer mes de entrar en vigencia el nuevo código penal, la mitad de los hombres
del país sean procesados bajo el artículo 168, en alguno de sus incisos, y que
para finales de año, el 98 % de la población masculina haya sido sancionada o
se encuentre en instrucción penal, dado lo abarcador de este artículo.
Desde
ya en Ay, qué muela! decimos "No al artículo 168" del nuevo código
penal.