Tirarse un peo frente a un policía será considerado "atentado a funcionario público", delito penado con hasta 8 años de cárcel

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Por Yannay Estrada

De acuerdo con el nuevo código penal impuesto por el régimen de los Castro, la expulsión o el escape de "pedos, ventosidades y flatulencias, según lo establecido por la ley, queda sometido a regulaciones en situaciones determinadas y precisas, y como tal derivará en contravenciones".

El nuevo código penal, al cual nuestra redacción tuvo acceso, estipula en su artículo 168, que tirarse un peo "en presencia de un funcionario público, del orden interior, o de la administración central, será considerado como un delito", y precisa que hacerlo en presencia de un agente de la policía, será considerado como "atentado a funcionario público", un delito que de acuerdo con el nuevo código penal, es penado con hasta 8 años de cárcel.

Hay que señalar que el artículo 168 en su inciso c), también sanciona como violencia doméstica, en el caso de los hombres, la emisión de "pedos, ventosidades y flatulencias, delante de la esposa", sin importar si se hizo con la intención de agredirla o no, pero con la condición de que sea de manera continuada; y asimismo el texto sanciona como violencia de género, que los peos "sean intencional contra una mujer por parte de un hombre por machismo o misoginia".

De acuerdo con estimaciones preliminares de algunos expertos, se prevé, que solo en el primer mes de entrar en vigencia el nuevo código penal, la mitad de los hombres del país sean procesados bajo el artículo 168, en alguno de sus incisos, y que para finales de año, el 98 % de la población masculina haya sido sancionada o se encuentre en instrucción penal, dado lo abarcador de este artículo.

Desde ya en Ay, qué muela! decimos "No al artículo 168" del nuevo código penal.